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Futuros perpetuos, los criptoactivos dopados cuyo riesgo extremo inquieta al supervisor europeo

La ESMA advierte del repunte de la oferta de derivados financieros que cuentan con un apalancamiento muy superior al permitido en Europa

Ilustración de criptomonedas.Dado Ruvic (REUTERS)

Las plataformas de criptoactivos han reforzado en los últimos meses la comercialización de los futuros perpetuos, un derivado financiero que permite apostar que a un activo digital subirá o bajará sin tener que comprarlo físicamente y que carece de una fecha de vencimiento concreta. Por ejemplo, apostar que bitcoin va a llegar a 200.000 dólares. El peligro de este activo es que su apalancamiento, que puede llegar a ser de hasta 100 veces, lo que supone invertir por 100.000 euros con tan solo 1.000, lo que dispara su riesgo de ganancia o de pérdida, y que llega a ser comercializado entre los inversores como “decir cuál crees que será el resultado de un partido”.

Un apalancamiento sobre el que ha advertido la ESMA, el coordinador de los supervisores del mercado europeo, que recuerda que “aquellos derivados que cumplan la definición de un CFD [contrato por diferencia] estarían sujetos a medidas que incluyen límites de apalancamiento”. Desde 2018 este tipo de derivado financiero se ecuentra sometido en la Unión Europea a fuertes limitaciones, que afectan especialmente a su apalancamiento y que tienen como objetivo minimizar las fuertes pérdidas que provocaban entre los pequeños inversores hasta entonces, y que llegaban a afectar a más del 74% de los clientes.

“La ESMA y los supervisores nacionales observan una mayor oferta de derivados, a menudo comercializados como futuros perpetuos o contratos perpetuos, que proporcionan exposición apalancada a valores subyacentes, incluidos criptoactivos como bitcoin o ethereum”, detalla la advertencia del supervisor europeo.

La normativa sobre los CFD deja claro que en el caso de los criptoactivos el apalancamiento de estos derivados se limita a 2 veces —invertir por 100 con 50 euros— y se amplía a 5 veces en los derivados sobre compañías cotizadas. Se trata de la limitación más estricta de la norma, dado que en el caso de los CFD sobre las principales divisas al apalancamiento puede llegar a ser de 30 veces. Sin embargo, plataformas como Kraken, que opera en España y que en su página web asimila este producto a predecir el resultado de un partido de fútbol, permite un apalancamiento de hasta 50 veces según informa en su página web y facilita esta operativa en más de 300 activos.

Binance, por su parte, ofrece futuros perpetuos sobre las acciones de Amazon, Strategy, Circle o Coinbase, con un apalancamiento de 10 veces. En el lado más extremo, Gemini, la plataforma cripto fundada por los hermanos Winklevoss, llegó a lanzar en noviembre unos futuros perpetuos sobre XRP, la criptomoneda lanzada por Ripple, con un apalancamiento de 100 veces para inversores minoristas e institucionales. Sin embargo, la empresa ha reconocido que a partir del 6 de abril dejará de operar en Europa.

La norma detalla además que la comercialización de CFD debe incluir una advertencia de los riesgos que entrañan como inversión, así como un mecanismo de cierre automático de posiciones por margen (margin close-out en la jerga). De igual manera, deben ofrecer protección frente a saldo negativo, así como la prohibición de incentivos monetarios y no monetarios. En el caso de los futuros perpetuos comercializados por Kraken, la plataforma detalla que el cierre de las posiciones se ejecutará, por defecto, si se alcanza una pérdida del 8% desde el precio de entrada, aunque reconoce que “los clientes pueden personalizarlo para adaptarlo a su tolerancia al riesgo”.

Las limitaciones fijadas por las ESMA se complementaron en 2023 por parte de la CNMV con la prohibición de la publicidad de estos productos entre los inversores minoristas y el público en general, así como la prohibición de los patrocinios, la publicidad de marca y el uso de famosos. En concreto, los brókers no pueden transmitir información, verbal o visual, destinada a promocionar CFD, ni a través de medios de comunicación tradicionales ni por internet, ni redes sociales. El supervisor presidido entonces por Rodrigo Buenaventura justificó su decisión afirmando que los CFD seguían siendo el “principal producto derivado comercializado a clientes minoristas y ello a pesar de tratarse de un producto no adecuado con carácter general para este tipo de inversores”.

El supervisor de los mercados europeos apunta que aunque muchos de estos productos financieros se están comercializando bajo la denominación de futuros perpetuos o contratos perpetuos y no como CFD, las entidades que los comercializan deben analizar si están sujetos a las normativas sobre CFD y “actuar de manera honesta, imparcial y profesional, en el mejor interés de los clientes”. Así, detalla que cualquier derivado que de exposición a un activo subyacente que no se liquide exclusivamente mediante entrega física, “probablemente quedará comprendido dentro del ámbito de las medidas de intervención de producto sobre los CFD”.

Todo ello, lleva a ESMA a apuntar que las plataformas que ofrezcan los futuros perpetuos deberían evitar la utilización de campañas de comercialización masivas, o mensajes a través de correo electrónico o ventajas emergentes anunciado que estos productos ya están disponibles.

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