La Audiencia Nacional duplica las penas a los fundadores de Arbistar por estafar más de 200 millones en criptomonedas
El tribunal ordena que los responsables indemnicen a las 9.494 víctimas


La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional (AN) ha duplicado las penas de prisión impuestas a Santiago Fuentes y Diego Felipe Fernández, fundadores de la plataforma Arbistar, por haber estafado más 200 millones de euros a miles de inversores en criptomonedas entre 2019 y 2020, según recoge Servimedia.
La pena de Santiago Fuentes pasa así de ocho a 16 años y seis meses de cárcel, mientras que la de Diego Felipe Fernández se eleva de seis a 11 años y seis meses. El tribunal estima así de manera parcial los recursos presentados por la Fiscalía y las acusaciones frente al fallo dictado en septiembre por la Sección Tercera.
La Sala de lo Penal Audiencia Nacional consideró probado que Fuentes y su socio Diego Felipe Fernández Nojarova estafaron un total de 200 millones de euros a 32.000 personas entre mayo 2019 y septiembre de 2020, por lo que condenó, en un principio, a ocho y seis años de prisión, respectivamente, para ambos líderes de la trama.
La Audiencia Nacional agrava sus penas por la comisión de un delito de organización criminal, del que inicialmente habían sido absueltos, y por el delito de estafa “singularmente agravada”, puesto que la actividad defraudatoria fue prolongada en el tiempo, supuso la captación de un volumen muy elevado de inversores, un gran perjuicio patrimonial y el uso de una estructura estable y organizada con reparto funcional de tareas.
El tribunal ordena, además, que los responsables de Arbistar indemnicen a las 9.494 víctimas incluidas en el listado aportado por la Fiscalía, en cuantías que se fijarán en fase de ejecución de sentencia. Al mismo tiempo, confirma la absolución de cuatro personas físicas y tres sociedades que ya habían quedado exoneradas en la primera instancia.
Entre 2019 y 2020 Fuentes y Fernández pusieron en marcha un entramado societario con “la finalidad aparente de ofrecer servicios de inversión en criptomonedas, fundamentalmente mediante un supuesto sistema automatizado de arbitraje denominado ‘Community Bot’”.
La resolución explica que este sistema se comercializaba como un software capaz de generar altas rentabilidades mediante operaciones automáticas de arbitraje en mercados de criptodivisas, lo que llevó a decenas de miles de personas a transferir sus bitcoin a direcciones controladas por la plataforma.
Pero el sistema, como tal, no existía ni podía hacer operación de arbitraje alguna, por lo que no se ejecutaban operaciones automáticas aparentes en dirección a generar los beneficios prometidos. En realidad, los pagos a inversores anteriores se hacían con cargo a las aportaciones de los nuevos inversores.