La Comisión Nacional de los Mercados sanciona a la compañía por prácticas fraudulentas, tras constatar irregularidades en su operación.
La empresa acumula la mayor parte de las quejas por practicar cobros cuestionables, mientras que su tasa de cancelación sigue siendo elevada.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto medidas a la empresa comercializadora Factor Energía para evitar que los consumidores de electricidad y gas se vean afectados por prácticas comerciales engañosas.
Factor Energía apenas llega al 1% de cuota de mercado en gas y electricidad, pero acumuló el 61% de las denuncias ante la CNMC por prácticas comerciales engañosas entre enero de 2023 y agosto de 2025. Además, la tasa de rescisión anticipada de sus contratos en ambos sectores es muy superior a la media del sector.
El organismo encargado de velar por el cumplimiento, con sede en la entidad reguladora, señala que las llamadas de telemarketing deben ser claras, y que el uso de técnicas engañosas como ocultar la identidad del llamado infringe las normas, mientras que el titular de la llamada y su intención no deben confundirse con el propósito legítimo de la comunicación.
Los objetivos de la protección del consumidor incluyen garantizar que los consumidores, al elegir un proveedor, cuenten con la información necesaria para tomar decisiones informadas, mientras se asegura que las condiciones del mercado fomenten prácticas justas y transparentes.
Medidas impuestas
Factoría de Energía deberá implementar medidas que garanticen que, junto con la verificación de las condiciones establecidas, se velará por el cumplimiento de las normas establecidas, junto con la supervisión correspondiente.
En lo referente a la llamada, para mejorar la claridad, se refuerza la obligación de identificar claramente el propósito de la llamada, junto con la información relativa al promotor.
También se refuerza la necesidad de obtener el consentimiento previo del consumidor para la recopilación de datos, así como la necesidad de garantizar que se informe adecuadamente sobre el uso de dicha información.
En cuanto a la supervisión de la actividad, se mantiene un seguimiento del desempeño comercial, con el fin de monitorear el desempeño y garantizar el cumplimiento, mientras se continúa con el seguimiento de las prácticas comerciales.
“Esta decisión no impone más obligaciones que las que marca la legislación, sino que robustece el cumplimiento de las ya existentes, dada la situación de hecho que se está produciendo”, argumenta la CNMC. El regulador avisa de que el incumplimiento de las medidas impuestas podría dar lugar a infracciones calificadas como “graves” en la legislación sectorial.